Cuando tengamos alguna duda sobre testamentos o sucesiones, lo mejor será ponernos en las manos de abogados de herencias en Barcelona que puedan brindarnos un asesoramiento completo sobre este tema, resolviendo cualquier duda que nos asalte. Aunque todo el mundo sabe los puntos básicos sobre este tema, son pocas las personas que tienen un conocimiento amplio y completo.

abogados de herencias en BarcelonaPor ejemplo, ¿sabes lo que es la legítima? Estamos hablando de un concepto básico en el Derecho de Sucesiones pero que poca gente sabe explicar y calcular con la precisión necesaria.

Cualquier despacho de abogados de herencias en Barcelona podrá explicarte que el caudal hereditario se puede dividir en tres tercios. Cada uno de ellos recibirá un nombre diferent: legítima, mejora y libre disposición..

Básicamente, la legítima consistirá en la parte de los bienes que componen una herencia de los que el testador no podrá disponer de una forma libre aunque lo desee. Por ley, esta porción será destinada a los llamados herederos forzosos. Solamente se podrá cambiar esto mediante una desheredación forzosa y expresa.

Por su parte, la mejora se utilizará para favorecer a alguno de los hijos o descendientes. Si no se expresara nada, se entenderá que incrementará la cuantía de la legítima. Para terminar, con el tercio de libre disposición el testador podrá hacer lo que crea más conveniente.

Para poder fijar la legítima correctamente, habrá que calcular el valor de todos los bienes y derechos del testador en el momento de su fallecimiento, deduciendo las cargas y gravámenes que pudieran recaer directamente sobre ellos. Además, su cuantía total dependerá de la cantidad de herederos que participen en la herencia, existiendo legítima del cónyuge viudo, de los hijos y descendientes y de los padres y ascendientes.

En el caso del cónyuge viudo, la legítima consistirá en el usufructo del tercio de mejora, siempre y cuando existan hijos y descendientes en común. Si no los hubiera (pero sí ascendientes), la cantidad sería el usufructo de la mitad de la herencia.

En lo que respecta a los hijos y descendientes, la legítima estará formada por los dos tercios de la herencia del fallecido, salvo que el testador exprese una disposición de mejora en favor de alguno de ellos.

Por último, un buen despacho de abogados de sucesiones en Barcelona podrá explicarte que la legítima que corresponde a padres y ascendientes estará formada por la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, bajando a un tercio en caso de que concurra también el viudo.